De la aprobación de las normas para la prestación de los servicios educativos retribuidos. Sobre la aprobación de las reglas para la provisión de servicios educativos pagados del Gobierno de la Federación Rusa con fecha 15 de agosto de 13 706

Decreto del Gobierno de la Federación Rusa del 15 de agosto de 2013 N 706
"De la aprobación de las Reglas para la prestación de servicios remunerados servicios educativos»

  1. El contrato no puede contener condiciones que restrinjan los derechos de las personas que tienen derecho a recibir educación de un determinado nivel y enfoque y hayan solicitado la admisión para estudiar (en adelante, los solicitantes), y estudiantes, o reduzcan el nivel de garantías proporcionado a en comparación con las condiciones establecidas por la ley Federación Rusa acerca de la educación Si se incluyen en el contrato condiciones que restringen los derechos de los solicitantes y estudiantes o que reducen el nivel de las garantías que se les brindan, tales condiciones no están sujetas a aplicación.
  2. Se aprueban formas aproximadas de contratos organismo federal poder ejecutivo, desempeñando las funciones de desarrollar política pública y la regulación legal en el campo de la educación.
  3. La información especificada en el contrato debe corresponder a la información publicada en el sitio web oficial organización educativa en la red de información y telecomunicaciones "Internet" en la fecha de celebración del contrato.

tercero Responsabilidad del contratista y del cliente

  1. 3a incumplimiento o rendimiento inadecuado obligaciones en virtud del contrato, el contratista y el cliente son responsables en virtud del contrato y la legislación de la Federación Rusa.
  2. Si se encuentra una falta de servicios educativos pagados, incluida su provisión no completa, proporcionada por programas educativos (parte del programa educativo), el cliente tiene derecho, a su elección, a exigir:

a) prestación gratuita de servicios educativos;

b) una reducción proporcional en el costo de los servicios educativos pagados prestados;

c) el reembolso de los gastos en que haya incurrido para subsanar las deficiencias de los servicios educativos pagados prestados por sí o por terceros.

  1. El cliente tiene derecho a negarse a ejecutar el contrato y exigir una compensación total por las pérdidas si el contratista no elimina las deficiencias de los servicios educativos pagados dentro del período establecido por el contrato. El cliente también tiene derecho a negarse a ejecutar el contrato si descubre una deficiencia significativa en los servicios educativos pagados prestados u otras desviaciones significativas de los términos del contrato.
  2. Si el contratista violó los términos para la prestación de servicios educativos pagados (las fechas de inicio y (o) término para la prestación de servicios educativos pagados y (o) los términos intermedios para la prestación de servicios educativos pagados) o si durante la prestación de servicios educativos pagados se hizo evidente que no se llevarían a cabo a tiempo, El cliente tiene derecho a elegir:

a) asignar un nuevo plazo al contratista, durante el cual el contratista deberá comenzar a prestar servicios educativos remunerados y (o) completar la prestación de servicios educativos remunerados;

b) instruir a terceros para que brinden servicios educativos pagados a un precio razonable y exigir al contratista que reembolse los costos incurridos;

c) exigir una reducción en el costo de los servicios educativos pagados;

d) cancelar el contrato.

  1. El cliente tiene derecho a exigir una compensación total por las pérdidas que se le hayan causado en relación con la violación de los términos para el inicio y (o) finalización de la prestación de servicios educativos pagados, así como en relación con las deficiencias de los servicios educativos pagados. .
  2. A iniciativa del contratista, el contrato podrá ser rescindido unilateralmente en los siguientes casos:

a) aplicación a un estudiante que ha alcanzado la edad de 15 años, deducciones como medida de acción disciplinaria;

b) el incumplimiento por parte de los estudiantes bajo un programa educativo profesional (parte de un programa educativo) de las obligaciones para el desarrollo consciente de dicho programa educativo (parte de un programa educativo) y la implementación del plan de estudios;

c) establecer una violación del procedimiento de admisión a la actividades educacionales la organización que causó, por culpa del estudiante, su inscripción ilegal en esta organización educativa;

d) retraso en el pago del costo de los servicios educativos pagados;

e) la imposibilidad del debido cumplimiento de las obligaciones por la prestación de los servicios educativos remunerados por la actuación (omisión) del alumno.

Decreto del Gobierno de la Federación Rusa del 15 de agosto de 2013 N 706 Moscú

“De la aprobación de las Reglas para la prestación de servicios educativos retribuidos”

Artículo 54, Artículo 9 de la Ley Federal "Sobre la Educación en la Federación Rusa" Gobierno de la Federación Rusa decide:

1. Aprobar las Normas adjuntas para la prestación de servicios educativos retribuidos.

2. Reconocer como inválido:

Decreto del Gobierno de la Federación de Rusia del 5 de julio de 2001 N 505 "Sobre la aprobación de las Reglas para la prestación de servicios educativos pagados" (Sobraniye Zakonodatelstva Rossiyskoy Federatsii, 2001, N 29, Art. 3016);

Decreto del Gobierno de la Federación Rusa del 1 de abril de 2003 N 181 "Sobre la introducción de enmiendas y adiciones al Decreto del Gobierno de la Federación Rusa del 5 de julio de 2001 N 505" (Sobraniye Zakonodatelstva Rossiyskoy Federatsii, 2003, N 14, artículo 1281);

Decreto del Gobierno de la Federación de Rusia del 28 de diciembre de 2005 N 815 "Sobre las modificaciones de las normas para la prestación de servicios educativos pagados" (Sobraniye Zakonodatelstva Rossiyskoy Federatsii, 2006, N 1, art. 156);

2008 N 682 "Sobre las modificaciones de las normas para la prestación de servicios educativos pagados" (Sobraniye Zakonodatelstva Rossiyskoy Federatsii, 2008, N 38, art. 4317).

Presidente del Gobierno de la Federación Rusa D. Medvedev

Reglas para la prestación de servicios educativos remunerados

I. Disposiciones generales

1. Estas Normas determinan el procedimiento para la prestación de los servicios educativos retribuidos.

2. Conceptos utilizados en estas Reglas:

"cliente" - una persona física y (o) jurídica que tiene la intención de ordenar u ordena servicios educativos pagados para sí mismo o para otras personas sobre la base de un acuerdo;

"ejecutor": una organización dedicada a actividades educativas y que proporciona servicios educativos pagados a un estudiante (a una organización dedicada a actividades educativas, empresarios individuales realización de actividades educativas);

"falta de servicios educativos pagados": incumplimiento de los servicios educativos pagados o de los requisitos obligatorios previstos por la ley o en la forma prescrita por ella, o los términos del contrato (en su ausencia o incompletitud de las condiciones requisitos generalmente impuestos) , o los fines para los que se utilizan habitualmente los servicios educativos pagados, o los fines, que el cliente informó al contratista al finalizar el contrato, incluida su provisión no completa, prevista por los programas educativos (parte del programa educativo) ;

"aprendiz" individual dominar el programa educativo;

"servicios educativos pagados": la implementación de actividades educativas en asignaciones y a expensas de personas físicas y (o) personas jurídicas en virtud de acuerdos educativos celebrados en el momento de la admisión a la formación (en lo sucesivo, el acuerdo);

"Deficiencia significativa de los servicios educativos pagados": un defecto irrecuperable o un defecto que no se puede eliminar sin costos o tiempo desproporcionados, o se detecta repetidamente, o reaparece después de su eliminación, u otras deficiencias similares.

3. No se pueden proporcionar servicios educativos pagados en lugar de actividades educativas, soporte financiero que se financia con cargo al presupuesto presupuesto federal, presupuestos de sujetos de la Federación Rusa, presupuestos locales. Los fondos recibidos por los artistas intérpretes o ejecutantes en la prestación de dichos servicios educativos pagados se devuelven a las personas que pagaron por estos servicios.

4. Las organizaciones que realizan actividades educativas a expensas de las asignaciones presupuestarias del presupuesto federal, los presupuestos de las entidades constituyentes de la Federación de Rusia, los presupuestos locales, tienen derecho a proporcionar servicios educativos pagados a expensas de las personas físicas y (o) jurídicas que no estén previstas por la tarea o convenio estatal o municipal establecido sobre la provisión de subsidios para el reembolso de costos, en las mismas condiciones para la prestación de los mismos servicios.

5. La negativa del cliente de los servicios educativos pagados que se le ofrecen no puede ser la razón para cambiar el volumen y las condiciones de los servicios educativos ya prestados por el contratista.

6. El contratista está obligado a proporcionar al cliente la prestación de servicios educativos pagados en su totalidad de acuerdo con los programas educativos (parte del programa educativo) y los términos del contrato.

7. El contratista tiene derecho a reducir el costo de los servicios educativos pagados en virtud del contrato, teniendo en cuenta la cobertura del costo faltante de los servicios educativos pagados a expensas de propios fondos el contratista, incluidos los fondos recibidos de actividades generadoras de ingresos, donaciones voluntarias y contribuciones específicas de personas físicas o jurídicas. Las bases y el procedimiento para reducir el costo de los servicios educativos pagados son establecidos por las autoridades locales. acto normativo y llevado a la atención del cliente y (o) el estudiante.

8. No se permite un aumento en el costo de los servicios educativos pagados después de la celebración de un acuerdo, con la excepción de un aumento en el costo de estos servicios, teniendo en cuenta el nivel de inflación previsto por las principales características de la federal presupuesto para el próximo año financiero y período de planificación.

II. Información sobre servicios educativos pagados, el procedimiento para celebrar contratos.

9. Antes de la celebración del contrato y durante el período de su vigencia, el Contratista está obligado a proporcionar al cliente información fidedigna sobre sí mismo y sobre los servicios educativos pagados prestados, que asegure la posibilidad de su correcta elección.

10. El contratista está obligado a brindar al cliente información que contenga información sobre la prestación de servicios educativos pagados en la forma y en la medida previstas por la Ley de la Federación de Rusia "Sobre la protección de los derechos del consumidor" y ley Federal"Sobre la educación en la Federación Rusa".

11. El contratista proporciona la información prevista en los párrafos 9 y 10 de estas Reglas en el lugar de implementación real de las actividades educativas, así como en la ubicación de la sucursal de la organización que realiza actividades educativas.

12. El contrato se celebra en forma escrita simple y contiene la siguiente información:

a) nombre completo y razón social (si la hubiere) del artista intérprete o ejecutante - entidad legal; apellido, nombre, patronímico (si corresponde) del artista intérprete o ejecutante: un empresario individual;

b) la ubicación o lugar de residencia del artista intérprete o ejecutante;

c) nombre o apellido, nombre, patronímico (si lo hubiere) del cliente, número de teléfono del cliente;

d) ubicación o lugar de residencia del cliente;

e) apellido, nombre, patronímico (si lo hubiere) del representante del contratista y (o) cliente, detalles del documento que acredite la autoridad del representante del contratista y (o) cliente;

f) apellido, nombre, patronímico (si lo hubiere) del estudiante, su lugar de residencia, número de teléfono (indicado en el caso de la prestación de servicios educativos pagados a favor de un estudiante que no es cliente en virtud del contrato) ;

g) los derechos, deberes y responsabilidades del contratista, cliente y estudiante;

h) coste total servicios educativos, el procedimiento para su pago;

i) información sobre la licencia para realizar actividades educativas (nombre de la autoridad licenciante, número y fecha de registro de la licencia);

j) tipo, nivel y (o) enfoque del programa educativo (parte del programa educativo de cierto nivel, tipo y (o) enfoque);

k) forma de educación;

l) términos de desarrollo del programa educativo (duración de la formación);

m) el tipo de documento (si lo hubiere) emitido al estudiante después de que el estudiante domina con éxito el programa educativo relevante (parte del programa educativo);

n) el procedimiento para modificar y rescindir el contrato;

o) otra información necesaria relacionada con los detalles de los servicios educativos pagados proporcionados.

13. El contrato no puede contener condiciones que restrinjan los derechos de las personas que tienen derecho a recibir educación de un determinado nivel y enfoque y hayan solicitado la admisión para estudiar (en adelante, los solicitantes), y los estudiantes o reduzcan el nivel de garantías. proporcionado a ellos en comparación con las condiciones establecidas por la ley Federación de Rusia sobre la educación. Si se incluyen en el contrato condiciones que restringen los derechos de los solicitantes y estudiantes o que reducen el nivel de las garantías que se les brindan, tales condiciones no están sujetas a aplicación.

14. Las formas ejemplares de contratos son aprobadas por el órgano ejecutivo federal, que cumple las funciones de desarrollar la política estatal y la regulación legal en el campo de la educación.

15. La información especificada en el contrato debe corresponder a la información publicada en el sitio web oficial de la organización educativa en la red de información y telecomunicaciones "Internet" en la fecha de celebración del contrato.

tercero Responsabilidad del contratista y del cliente

16. Por incumplimiento o cumplimiento indebido de las obligaciones del contrato, el contratista y el cliente serán responsables según el contrato y la legislación de la Federación Rusa.

17. Si se encuentra una falta de servicios educativos pagados, incluida su provisión no completa, proporcionada por programas educativos (parte del programa educativo), el cliente tiene derecho, a su elección, a exigir:

a) prestación gratuita de servicios educativos;

b) una reducción proporcional en el costo de los servicios educativos pagados prestados;

c) el reembolso de los gastos en que haya incurrido para subsanar las deficiencias de los servicios educativos pagados prestados por sí o por terceros.

18. El cliente tiene derecho a negarse a ejecutar el contrato y exigir una compensación total por las pérdidas si el contratista no elimina las deficiencias de los servicios educativos pagados dentro del período establecido por el contrato. El cliente también tiene derecho a negarse a ejecutar el contrato si descubre una deficiencia significativa en los servicios educativos pagados prestados u otras desviaciones significativas de los términos del contrato.

19. Si el contratista violó los términos para la prestación de servicios educativos pagados (las fechas de inicio y (o) finalización de la prestación de servicios educativos pagados y (o) los términos intermedios para la prestación de servicios educativos pagados) o si durante el prestación de servicios educativos pagados se hizo evidente que no se llevarían a cabo en el plazo, el cliente tiene derecho a su elección:

a) asignar un nuevo plazo al contratista, durante el cual el contratista deberá comenzar a prestar servicios educativos remunerados y (o) completar la prestación de servicios educativos remunerados;

b) instruir a terceros para que brinden servicios educativos pagados a un precio razonable y exigir al contratista que reembolse los costos incurridos;

c) exigir una reducción en el costo de los servicios educativos pagados;

d) cancelar el contrato.

20. El cliente tiene derecho a exigir una compensación total por las pérdidas que se le hayan causado en relación con la violación de los términos para el inicio y (o) finalización de la prestación de servicios educativos pagados, así como en relación con las deficiencias de pago servicios educativos.

21. A iniciativa del contratista, el contrato podrá ser rescindido unilateralmente en los siguientes casos:

a) aplicación a un estudiante que ha alcanzado la edad de 15 años, deducciones como medida de acción disciplinaria;

b) el incumplimiento por parte de los estudiantes bajo un programa educativo profesional (parte de un programa educativo) de las obligaciones para el desarrollo consciente de dicho programa educativo (parte de un programa educativo) y la implementación del plan de estudios;

c) establecimiento de una violación del procedimiento de admisión a una organización que realiza actividades educativas, que causó, por culpa del estudiante, su inscripción ilegal en esta organización educativa;

d) retraso en el pago del costo de los servicios educativos pagados;

e) la imposibilidad del debido cumplimiento de las obligaciones por la prestación de los servicios educativos remunerados por la actuación (omisión) del alumno.

GOBIERNO DE LA FEDERACIÓN DE RUSIA

DE LA APROBACIÓN DE LAS NORMAS PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS RETRIBUIDOS

De conformidad con la Parte 9 del Artículo 54 de la Ley Federal "Sobre la Educación en la Federación Rusa", el Gobierno de la Federación Rusa decide:

  1. Aprobar las Normas adjuntas para la prestación de los servicios educativos retribuidos.
  2. Reconocer inválido:

Decreto del Gobierno de la Federación Rusa del 5 de julio de 2001 N 505 "Sobre la aprobación de las Reglas para la provisión de servicios educativos pagados" (Sobraniye Zakonodatelstva Rossiyskoy Federatsii, 2001, N 29, Art. 3016);

Decreto del Gobierno de la Federación Rusa del 1 de abril de 2003 N 181 "Sobre la introducción de enmiendas y adiciones al Decreto del Gobierno de la Federación Rusa del 5 de julio de 2001 N 505" (Sobraniye Zakonodatelstva Rossiyskoy Federatsii, 2003, N 14, artículo 1281);

Decreto del Gobierno de la Federación de Rusia del 28 de diciembre de 2005 N 815 "Sobre las modificaciones de las normas para la prestación de servicios educativos pagados" (Sobraniye Zakonodatelstva Rossiyskoy Federatsii, 2006, N 1, art. 156);

Decreto del Gobierno de la Federación de Rusia del 15 de septiembre de 2008 N 682 "Sobre las modificaciones de las normas para la prestación de servicios educativos pagados" (Sobraniye Zakonodatelstva Rossiyskoy Federatsii, 2008, N 38, Art. 4317).

  1. Este reglamento entra en vigor el 1 de septiembre de 2013.

Primer ministro

Federación Rusa

D. MEDVEDEV

Aprobado

Decreto del Gobierno

Federación Rusa

NORMAS PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS PAGADOS

  1. Provisiones generales
  2. Estas Reglas determinan el procedimiento para la prestación de los servicios educativos remunerados.
  3. Conceptos utilizados en estas Reglas:

"cliente": una persona física y (o) jurídica que tiene la intención de solicitar u ordenar servicios educativos pagados para sí mismo u otras personas sobre la base de un acuerdo;

"intérprete": una organización que se dedica a actividades educativas y que proporciona servicios educativos pagados a un estudiante (los empresarios individuales que se dedican a actividades educativas se equiparan a una organización que se dedica a actividades educativas);

"falta de servicios educativos pagados": incumplimiento de los servicios educativos pagados o de los requisitos obligatorios previstos por la ley o en la forma prescrita por ella, o los términos del contrato (en su ausencia o incompletitud de las condiciones requisitos generalmente impuestos) , o los fines para los que se utilizan habitualmente los servicios educativos pagados, o los fines, que el cliente informó al contratista al finalizar el contrato, incluida su provisión no completa, prevista por los programas educativos (parte del programa educativo) ;

"estudiante" - un individuo que domina el programa educativo;

"servicios educativos pagados": la implementación de actividades educativas en asignaciones y a expensas de personas físicas y (o) personas jurídicas en virtud de acuerdos educativos celebrados en el momento de la admisión a la formación (en adelante, el acuerdo);

"Deficiencia significativa de los servicios educativos pagados": una deficiencia irrecuperable o una deficiencia que no se puede eliminar sin costos o tiempo desproporcionados, o se detecta repetidamente, o reaparece después de su eliminación, u otras desventajas similares.

  1. Los servicios educativos pagados no se pueden proporcionar en lugar de actividades educativas, cuyo apoyo financiero se lleva a cabo a expensas de las asignaciones presupuestarias del presupuesto federal, los presupuestos de las entidades constituyentes de la Federación Rusa y los presupuestos locales. Los fondos recibidos por los artistas intérpretes o ejecutantes en la prestación de dichos servicios educativos pagados se devuelven a las personas que pagaron por estos servicios.
  2. Las organizaciones que llevan a cabo actividades educativas a expensas de las asignaciones presupuestarias del presupuesto federal, los presupuestos de las entidades constituyentes de la Federación Rusa y los presupuestos locales tienen derecho a proporcionar servicios educativos pagados a expensas de las personas físicas y (o) jurídicas que no están previstas por una tarea estatal o municipal establecida o un acuerdo sobre la provisión de un subsidio para el reembolso de costos, en las mismas condiciones para la prestación de los mismos servicios.
  3. La negativa del cliente de los servicios educativos pagados que se le ofrecen no puede ser la razón para cambiar el volumen y las condiciones de los servicios educativos ya proporcionados por el contratista.
  4. El Contratista está obligado a proporcionar al cliente la prestación de servicios educativos pagados en su totalidad de acuerdo con los programas educativos (parte del programa educativo) y los términos del contrato.
  5. El contratista tiene derecho a reducir el costo de los servicios educativos pagados en virtud del contrato, teniendo en cuenta la cobertura del costo faltante de los servicios educativos pagados a expensas de los propios fondos del contratista, incluidos los fondos recibidos de actividades generadoras de ingresos, donaciones voluntarias y contribuciones específicas de personas físicas y (o) jurídicas. Los motivos y el procedimiento para reducir el costo de los servicios educativos pagados están establecidos por las reglamentaciones locales y se informan al cliente y (o) al estudiante.
  6. No se permite un aumento en el costo de los servicios educativos pagados después de la celebración de un acuerdo, con la excepción de un aumento en el costo de estos servicios, teniendo en cuenta el nivel de inflación previsto por las principales características del presupuesto federal para el próximo año financiero y período de planificación.
  7. Información sobre servicios educativos pagados, el procedimiento para celebrar contratos.
  8. El Contratista está obligado antes de la celebración del contrato y durante el período de su vigencia a proporcionar al cliente información confiable sobre sí mismo y sobre los servicios educativos pagados proporcionados, lo que garantiza la posibilidad de su correcta elección.
  9. El Contratista está obligado a brindar al cliente información que contenga información sobre la prestación de servicios educativos pagados en la forma y en la medida previstas por la Ley de la Federación Rusa "Sobre la Protección de los Derechos del Consumidor" y la Ley Federal "Sobre Educación en la Federación Rusa".
  10. El contratista proporciona la información prevista en los párrafos 9 y 10 de estas Reglas en el lugar de implementación real de las actividades educativas, así como en la ubicación de la sucursal de la organización que realiza actividades educativas.
  11. El contrato se celebra en forma escrita simple y contiene la siguiente información:

A) el nombre completo y la razón social (si la hubiere) del contratista - una persona jurídica; apellido, nombre, patronímico (si corresponde) del artista intérprete o ejecutante: un empresario individual;

B) la ubicación o lugar de residencia del artista intérprete o ejecutante;

C) nombre o apellido, nombre, patronímico (si lo hubiere) del cliente, número de teléfono del cliente;

D) ubicación o lugar de residencia del cliente;

E) apellido, nombre, patronímico (si lo hubiere) del representante del contratista y (o) cliente, detalles del documento que acredite la autoridad del representante del contratista y (o) cliente;

E) apellido, nombre, patronímico (si lo hubiere) del estudiante, su lugar de residencia, número de teléfono (indicado en el caso de la prestación de servicios educativos pagados a favor de un estudiante que no es cliente en virtud del contrato) ;

g) los derechos, deberes y responsabilidades del contratista, cliente y estudiante;

h) el costo total de los servicios educativos, el procedimiento para su pago;

I) información sobre la licencia para realizar actividades educativas (nombre de la autoridad licenciante, número y fecha de registro de la licencia);

j) tipo, nivel y (o) enfoque del programa educativo (parte del programa educativo de cierto nivel, tipo y (o) enfoque);

k) forma de educación;

M) plazos de desarrollo del programa educativo (duración de la formación);

H) el tipo de documento (si lo hay) emitido al estudiante después de que el estudiante haya dominado con éxito el programa educativo relevante (parte del programa educativo);

O) el procedimiento para modificar y rescindir el contrato;

P) otra información necesaria relacionada con los detalles de los servicios educativos pagados provistos

  1. El contrato no puede contener condiciones que restrinjan los derechos de las personas que tienen derecho a recibir educación de un determinado nivel y enfoque y hayan solicitado la admisión para estudiar (en adelante, los solicitantes), y los estudiantes o reduzcan el nivel de garantías que se les brinda. en comparación con las condiciones establecidas por la legislación de la Federación Rusa sobre educación. Si se incluyen en el contrato condiciones que restringen los derechos de los solicitantes y estudiantes o que reducen el nivel de las garantías que se les brindan, tales condiciones no están sujetas a aplicación.
  2. Las formas aproximadas de contratos son aprobadas por el órgano ejecutivo federal, que cumple las funciones de desarrollar la política estatal y la regulación legal en el campo de la educación.
  3. La información especificada en el contrato debe corresponder a la información publicada en el sitio web oficial de la organización educativa en la red de información y telecomunicaciones "Internet" en la fecha de celebración del contrato.

tercero Responsabilidad del contratista y del cliente

  1. Por incumplimiento o cumplimiento indebido de las obligaciones del contrato, el contratista y el cliente son responsables según el contrato y la legislación de la Federación Rusa.
  2. Si se encuentra una falta de servicios educativos pagados, incluida su provisión no completa, proporcionada por programas educativos (parte del programa educativo), el cliente tiene derecho, a su elección, a exigir:

a) prestación gratuita de servicios educativos;

B) una reducción proporcional en el costo de los servicios educativos pagados prestados;

c) el reembolso de los gastos en que haya incurrido para subsanar las deficiencias de los servicios educativos retribuidos prestados por cuenta propia o ajena.

  1. El cliente tiene derecho a negarse a ejecutar el contrato y exigir una compensación total por las pérdidas si el contratista no elimina las deficiencias de los servicios educativos pagados dentro del período establecido por el contrato. El cliente también tiene derecho a negarse a ejecutar el contrato si descubre una deficiencia significativa en los servicios educativos pagados prestados u otras desviaciones significativas de los términos del contrato.
  2. Si el contratista violó los términos para la prestación de servicios educativos pagados (las fechas de inicio y (o) término para la prestación de servicios educativos pagados y (o) los términos intermedios para la prestación de servicios educativos pagados) o si durante la prestación de servicios educativos pagados se hizo evidente que no se llevarían a cabo a tiempo, El cliente tiene derecho a elegir:

a) designar un nuevo plazo para el contratista, durante el cual el contratista deberá iniciar la prestación de servicios educativos remunerados y (o) completar la prestación de servicios educativos remunerados;

B) instruir a terceros para que presten servicios educativos pagados a un precio razonable y exigir al contratista que reembolse los costos incurridos;

c) exigir una reducción en el costo de los servicios educativos pagados;

D) cancelar el contrato.

  1. El cliente tiene derecho a exigir una compensación total por las pérdidas que se le hayan causado en relación con la violación de los términos para el inicio y (o) finalización de la prestación de servicios educativos pagados, así como en relación con las deficiencias de los servicios educativos pagados. .
  2. A iniciativa del contratista, el contrato podrá ser rescindido unilateralmente en los siguientes casos:

A) aplicación a un estudiante que ha alcanzado la edad de 15 años, deducciones como medida de acción disciplinaria;

B) el incumplimiento por parte de los estudiantes de un programa educativo profesional (parte del programa educativo) de las obligaciones para el desarrollo consciente de dicho programa educativo (parte del programa educativo) y la implementación del plan de estudios;

C) establecer una violación del procedimiento de admisión a una organización que lleva a cabo actividades educativas, que causó, por culpa del estudiante, su inscripción ilegal en esta organización educativa;

d) mora en el pago del costo de los servicios educativos pagados;

e) la imposibilidad del debido cumplimiento de las obligaciones por la prestación de servicios educativos remunerados por la acción (omisión) del estudiante.

Publicado en

"ConsultantPlus: Novedades en la legislación rusa"Revisiones semanales

GOBIERNO DE LA FEDERACIÓN DE RUSIA

RESOLUCIÓN

SOBRE LA APROBACIÓN DE LAS NORMAS

PRESTACIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS PAGADOS

De conformidad con la Parte 9 del Artículo 54 de la Ley Federal "Sobre la Educación en la Federación Rusa", el Gobierno de la Federación Rusa decide:

1. Aprobar las Normas adjuntas para la prestación de servicios educativos retribuidos.

2. Reconocer como inválido:

Decreto del Gobierno de la Federación de Rusia del 5 de julio de 2001 No. 505 "Sobre la aprobación de las Reglas para la prestación de servicios educativos pagados" (Sobraniye Zakonodatelstva Rossiyskoy Federatsii, 2001, No. 29, Art. 3016);

Decreto del Gobierno de la Federación Rusa del 1 de abril de 2003 No. 181 "Sobre la introducción de enmiendas y adiciones al Decreto del Gobierno de la Federación Rusa del 5 de julio de 2001 No. 505" (Sobraniye Zakonodatelstva Rossiyskoy Federatsii, 2003 , N° 14, artículo 1281);

Decreto del Gobierno de la Federación de Rusia del 28 de diciembre de 2005 No. 815 "Sobre las modificaciones de las reglas para la provisión de servicios educativos pagados" (Sobraniye Zakonodatelstva Rossiyskoy Federatsii, 2006, No. 1, Art. 156);

Decreto del Gobierno de la Federación Rusa del 15 de septiembre de 2008 No. 682 "Sobre las modificaciones a las reglas para la provisión de servicios educativos pagados" (Sobraniye Zakonodatelstva Rossiyskoy Federatsii, 2008, No. 38, Art. 4317).

Primer ministro

Federación Rusa

D. MEDVEDEV

Aprobado

Decreto del Gobierno

Federación Rusa

NORMAS PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS PAGADOS

I. Disposiciones generales

1. Estas Normas determinan el procedimiento para la prestación de los servicios educativos retribuidos.

2. Conceptos utilizados en estas Reglas:

"cliente" - una persona física y (o) jurídica que tiene la intención de ordenar u ordena servicios educativos pagados para sí mismo o para otras personas sobre la base de un acuerdo;

"ejecutor": una organización dedicada a actividades educativas y que brinda servicios educativos pagados a un estudiante (los empresarios individuales dedicados a actividades educativas se equiparan a una organización dedicada a actividades educativas);

"falta de servicios educativos pagados": incumplimiento de los servicios educativos pagados o de los requisitos obligatorios previstos por la ley o en la forma prescrita por ella, o los términos del contrato (en su ausencia o incompletitud de las condiciones requisitos generalmente impuestos) , o los fines para los que se utilizan habitualmente los servicios educativos pagados, o los fines, que el cliente informó al contratista al finalizar el contrato, incluida su provisión no completa, prevista por los programas educativos (parte del programa educativo) ;

"estudiante" - un individuo que domina el programa educativo;

"servicios educativos pagados": la implementación de actividades educativas en asignaciones y a expensas de personas físicas y (o) personas jurídicas en virtud de acuerdos educativos celebrados en el momento de la admisión a la formación (en lo sucesivo, el acuerdo);

"Deficiencia significativa de los servicios educativos pagados": un defecto irrecuperable o un defecto que no se puede eliminar sin costos o tiempo desproporcionados, o se detecta repetidamente, o reaparece después de su eliminación, u otras deficiencias similares.

3. No se pueden proporcionar servicios educativos pagados en lugar de actividades educativas, cuyo apoyo financiero se realiza a expensas de las asignaciones presupuestarias del presupuesto federal, los presupuestos de las entidades constituyentes de la Federación Rusa y los presupuestos locales. Los fondos recibidos por los artistas intérpretes o ejecutantes en la prestación de dichos servicios educativos pagados se devuelven a las personas que pagaron por estos servicios.

4. Las organizaciones que realizan actividades educativas a expensas de las asignaciones presupuestarias del presupuesto federal, los presupuestos de las entidades constituyentes de la Federación de Rusia, los presupuestos locales, tienen derecho a proporcionar servicios educativos pagados a expensas de las personas físicas y (o) jurídicas que no estén previstas por la tarea o convenio estatal o municipal establecido sobre la provisión de subsidios para el reembolso de costos, en las mismas condiciones para la prestación de los mismos servicios.

5. La negativa del cliente de los servicios educativos pagados que se le ofrecen no puede ser la razón para cambiar el volumen y las condiciones de los servicios educativos ya prestados por el contratista.

6. El contratista está obligado a proporcionar al cliente la prestación de servicios educativos pagados en su totalidad de acuerdo con los programas educativos (parte del programa educativo) y los términos del contrato.

7. El contratista tiene derecho a reducir el costo de los servicios educativos pagados en virtud del contrato, teniendo en cuenta la cobertura del costo faltante de los servicios educativos pagados a expensas de los fondos propios del contratista, incluidos los fondos recibidos de actividades generadoras de ingresos, donaciones voluntarias y contribuciones específicas de personas físicas y (o) jurídicas. Los motivos y el procedimiento para reducir el costo de los servicios educativos pagados están establecidos por las reglamentaciones locales y se informan al cliente y (o) al estudiante.

8. No se permite un aumento en el costo de los servicios educativos pagados después de la celebración de un acuerdo, con la excepción de un aumento en el costo de estos servicios, teniendo en cuenta el nivel de inflación previsto por las principales características de la federal presupuesto para el próximo año financiero y período de planificación.

II. Información sobre servicios educativos pagados,

procedimiento para celebrar contratos

9. Antes de la celebración del contrato y durante el período de su vigencia, el Contratista está obligado a proporcionar al cliente información fidedigna sobre sí mismo y sobre los servicios educativos pagados prestados, que asegure la posibilidad de su correcta elección.

10. El Contratista está obligado a brindar al cliente información que contenga información sobre la prestación de servicios educativos pagados en la forma y el volumen previstos por la Ley de la Federación Rusa "Sobre la Protección de los Derechos del Consumidor" y la Ley Federal "Sobre la Educación en La Federación Rusa".

11. El contratista proporciona la información prevista en los párrafos 9 y 10 de estas Reglas en el lugar de implementación real de las actividades educativas, así como en la ubicación de la sucursal de la organización que realiza actividades educativas.

12. El contrato se celebra en forma escrita simple y contiene la siguiente información:

a) nombre completo y razón social (si la hubiere) del contratista - persona jurídica; apellido, nombre, patronímico (si corresponde) del artista intérprete o ejecutante: un empresario individual;

b) la ubicación o lugar de residencia del artista intérprete o ejecutante;

c) nombre o apellido, nombre, patronímico (si lo hubiere) del cliente, número de teléfono del cliente;

d) ubicación o lugar de residencia del cliente;

e) apellido, nombre, patronímico (si lo hubiere) del representante del contratista y (o) cliente, detalles del documento que acredite la autoridad del representante del contratista y (o) cliente;

f) apellido, nombre, patronímico (si lo hubiere) del estudiante, su lugar de residencia, número de teléfono (indicado en el caso de la prestación de servicios educativos pagados a favor de un estudiante que no es cliente en virtud del contrato) ;

g) los derechos, deberes y responsabilidades del contratista, cliente y estudiante;

h) el costo total de los servicios educativos, el procedimiento para su pago;

i) información sobre la licencia para realizar actividades educativas (nombre de la autoridad licenciante, número y fecha de registro de la licencia);

j) tipo, nivel y (o) enfoque del programa educativo (parte del programa educativo de cierto nivel, tipo y (o) enfoque);

k) forma de educación;

l) términos de desarrollo del programa educativo (duración de la formación);

m) el tipo de documento (si lo hubiere) emitido al estudiante después de que el estudiante domina con éxito el programa educativo relevante (parte del programa educativo);

n) el procedimiento para modificar y rescindir el contrato;

o) otra información necesaria relacionada con los detalles de los servicios educativos pagados proporcionados.

13. El contrato no puede contener condiciones que restrinjan los derechos de las personas que tienen derecho a recibir educación de un determinado nivel y enfoque y hayan solicitado la admisión para estudiar (en adelante, los solicitantes), y los estudiantes o reduzcan el nivel de garantías. proporcionado a ellos en comparación con las condiciones establecidas por la ley Federación de Rusia sobre la educación. Si se incluyen en el contrato condiciones que restringen los derechos de los solicitantes y estudiantes o que reducen el nivel de las garantías que se les brindan, tales condiciones no están sujetas a aplicación.

14. Las formas ejemplares de contratos son aprobadas por el órgano ejecutivo federal, que cumple las funciones de desarrollar la política estatal y la regulación legal en el campo de la educación.

15. La información especificada en el contrato debe corresponder a la información publicada en el sitio web oficial de la organización educativa en la red de información y telecomunicaciones "Internet" en la fecha de celebración del contrato.

tercero Responsabilidad del contratista y del cliente

16. Por incumplimiento o cumplimiento indebido de las obligaciones del contrato, el contratista y el cliente serán responsables según el contrato y la legislación de la Federación Rusa.

17. Si se encuentra una falta de servicios educativos pagados, incluida su provisión no completa, proporcionada por programas educativos (parte del programa educativo), el cliente tiene derecho, a su elección, a exigir:

a) prestación gratuita de servicios educativos;

b) una reducción proporcional en el costo de los servicios educativos pagados prestados;

c) el reembolso de los gastos en que haya incurrido para subsanar las deficiencias de los servicios educativos pagados prestados por sí o por terceros.

18. El cliente tiene derecho a negarse a ejecutar el contrato y exigir una compensación total por las pérdidas si el contratista no elimina las deficiencias de los servicios educativos pagados dentro del período establecido por el contrato. El cliente también tiene derecho a negarse a ejecutar el contrato si descubre una deficiencia significativa en los servicios educativos pagados prestados u otras desviaciones significativas de los términos del contrato.

19. Si el contratista violó los términos para la prestación de servicios educativos pagados (las fechas de inicio y (o) finalización de la prestación de servicios educativos pagados y (o) los términos intermedios para la prestación de servicios educativos pagados) o si durante el prestación de servicios educativos pagados se hizo evidente que no se llevarían a cabo en el plazo, el cliente tiene derecho a su elección:

a) asignar un nuevo plazo al contratista, durante el cual el contratista deberá comenzar a prestar servicios educativos remunerados y (o) completar la prestación de servicios educativos remunerados;

b) instruir a terceros para que brinden servicios educativos pagados a un precio razonable y exigir al contratista que reembolse los costos incurridos;

c) exigir una reducción en el costo de los servicios educativos pagados;

d) cancelar el contrato.

20. El cliente tiene derecho a exigir una compensación total por las pérdidas que se le hayan causado en relación con la violación de los términos para el inicio y (o) finalización de la prestación de servicios educativos pagados, así como en relación con las deficiencias de pago servicios educativos.

21. A iniciativa del contratista, el contrato podrá ser rescindido unilateralmente en los siguientes casos:

a) aplicación a un estudiante que ha alcanzado la edad de 15 años, deducciones como medida de acción disciplinaria;

b) el incumplimiento por parte de los estudiantes bajo un programa educativo profesional (parte de un programa educativo) de las obligaciones para el desarrollo consciente de dicho programa educativo (parte de un programa educativo) y la implementación del plan de estudios;

c) establecimiento de una violación del procedimiento de admisión a una organización que realiza actividades educativas, que causó, por culpa del estudiante, su inscripción ilegal en esta organización educativa;

d) retraso en el pago del costo de los servicios educativos pagados;

e) la imposibilidad del debido cumplimiento de las obligaciones por la prestación de los servicios educativos remunerados por la actuación (omisión) del alumno.

GOBIERNO DE LA FEDERACIÓN DE RUSIA

RESOLUCIÓN

De la aprobación de las Reglas para la prestación de servicios educativos retribuidos


Documento modificado por:
(Portal oficial de Internet de información legal www.pravo.gov.ru, 03.12.2018, N 0001201812030028).
____________________________________________________________________


De conformidad con la Parte 9 del Artículo 54 de la Ley Federal "Sobre la Educación en la Federación Rusa", el Gobierno de la Federación Rusa

decide:

1. Aprobar las Normas adjuntas para la prestación de servicios educativos retribuidos.

2. Reconocer como inválido:

Decreto del Gobierno de la Federación Rusa del 5 de julio de 2001 N 505 "Sobre la aprobación de las Reglas para la provisión de servicios educativos pagados" (Sobraniye Zakonodatelstva Rossiyskoy Federatsii, 2001, N 29, Art. 3016);

Decreto del Gobierno de la Federación Rusa del 1 de abril de 2003 N 181 "Sobre la introducción de enmiendas y adiciones al Decreto del Gobierno de la Federación Rusa del 5 de julio de 2001 N 505" (Sobraniye Zakonodatelstva Rossiyskoy Federatsii, 2003, N 14, artículo 1281);

Decreto del Gobierno de la Federación de Rusia del 28 de diciembre de 2005 N 815 "Sobre las modificaciones de las normas para la prestación de servicios educativos pagados" (Sobraniye Zakonodatelstva Rossiyskoy Federatsii, 2006, N 1, art. 156);

Decreto del Gobierno de la Federación de Rusia del 15 de septiembre de 2008 N 682 "Sobre la modificación de las normas para la prestación de servicios educativos pagados" (Sobraniye Zakonodatelstva Rossiyskoy Federatsii, 2008, N 38, Art. 4317).

Primer ministro
Federación Rusa
D. Medvédev

Reglas para la prestación de servicios educativos remunerados

I. Disposiciones generales

1. Estas Normas determinan el procedimiento para la prestación de los servicios educativos retribuidos.

2. Conceptos utilizados en estas Reglas:

"cliente" - una persona física y (o) jurídica que tiene la intención de ordenar u ordena servicios educativos pagados para sí mismo o para otras personas sobre la base de un acuerdo;

"ejecutor": una organización dedicada a actividades educativas y que brinda servicios educativos pagados a un estudiante (los empresarios individuales dedicados a actividades educativas se equiparan a una organización dedicada a actividades educativas);

"falta de servicios educativos pagados": incumplimiento de los servicios educativos pagados o de los requisitos obligatorios previstos por la ley o en la forma prescrita por ella, o los términos del contrato (en su ausencia o incompletitud de las condiciones requisitos generalmente impuestos) , o los fines para los que se utilizan habitualmente los servicios educativos pagados, o los fines, que el cliente informó al contratista al finalizar el contrato, incluida su provisión no completa, prevista por los programas educativos (parte del programa educativo) ;

"estudiante" - un individuo que domina el programa educativo;

"servicios educativos pagados": la implementación de actividades educativas en asignaciones y a expensas de personas físicas y (o) personas jurídicas en virtud de acuerdos educativos celebrados en el momento de la admisión a la formación (en lo sucesivo, el acuerdo);

"Deficiencia significativa de los servicios educativos pagados": un defecto irrecuperable o un defecto que no se puede eliminar sin costos o tiempo desproporcionados, o se detecta repetidamente, o reaparece después de su eliminación, u otras deficiencias similares.

3. No se pueden proporcionar servicios educativos pagados en lugar de actividades educativas, cuyo apoyo financiero se realiza a expensas de las asignaciones presupuestarias del presupuesto federal, los presupuestos de las entidades constituyentes de la Federación Rusa y los presupuestos locales. Los fondos recibidos por los artistas intérpretes o ejecutantes en la prestación de dichos servicios educativos pagados se devuelven a las personas que pagaron por estos servicios.

4. Las organizaciones que realizan actividades educativas a expensas de las asignaciones presupuestarias del presupuesto federal, los presupuestos de las entidades constituyentes de la Federación de Rusia, los presupuestos locales, tienen derecho a proporcionar servicios educativos pagados a expensas de las personas físicas y (o) jurídicas que no estén previstas por la tarea o convenio estatal o municipal establecido sobre la provisión de subsidios para el reembolso de costos, en las mismas condiciones para la prestación de los mismos servicios.

5. La negativa del cliente de los servicios educativos pagados que se le ofrecen no puede ser la razón para cambiar el volumen y las condiciones de los servicios educativos ya prestados por el contratista.

6. El contratista está obligado a proporcionar al cliente la prestación de servicios educativos pagados en su totalidad de acuerdo con los programas educativos (parte del programa educativo) y los términos del contrato.

7. El contratista tiene derecho a reducir el costo de los servicios educativos pagados en virtud del contrato, teniendo en cuenta la cobertura del costo faltante de los servicios educativos pagados a expensas de los fondos propios del contratista, incluidos los fondos recibidos de actividades generadoras de ingresos, donaciones voluntarias y contribuciones específicas de personas físicas y (o) jurídicas. Los motivos y el procedimiento para reducir el costo de los servicios educativos pagados están establecidos por las reglamentaciones locales y se informan al cliente y (o) al estudiante.

8. No se permite un aumento en el costo de los servicios educativos pagados después de la celebración de un acuerdo, con la excepción de un aumento en el costo de estos servicios, teniendo en cuenta el nivel de inflación previsto por las principales características de la federal presupuesto para el próximo año financiero y período de planificación.

II. Información sobre servicios educativos pagados, el procedimiento para celebrar contratos.

9. Antes de la celebración del contrato y durante el período de su vigencia, el Contratista está obligado a proporcionar al cliente información fidedigna sobre sí mismo y sobre los servicios educativos pagados prestados, que asegure la posibilidad de su correcta elección.

10. El contratista está obligado a brindar al cliente información que contenga información sobre la prestación de servicios educativos pagados en la forma y el volumen previstos por la Ley de la Federación Rusa "Sobre la Protección de los Derechos del Consumidor" y la Ley Federal "Sobre la Educación en La Federación Rusa".

11. El contratista proporciona la información prevista en los párrafos 9 y 10 de estas Reglas en el lugar de implementación real de las actividades educativas, así como en la ubicación de la sucursal de la organización que realiza actividades educativas.

12. El contrato se celebra en forma escrita simple y contiene la siguiente información:

a) nombre completo y razón social (si la hubiere) del contratista - persona jurídica; apellido, nombre, patronímico (si corresponde) del artista intérprete o ejecutante: un empresario individual;

b) la ubicación o lugar de residencia del artista intérprete o ejecutante;

c) nombre o apellido, nombre, patronímico (si lo hubiere) del cliente, número de teléfono del cliente;

d) ubicación o lugar de residencia del cliente;

e) apellido, nombre, patronímico (si lo hubiere) del representante del contratista y (o) cliente, detalles del documento que acredite la autoridad del representante del contratista y (o) cliente;

f) apellido, nombre, patronímico (si lo hubiere) del estudiante, su lugar de residencia, número de teléfono (indicado en el caso de la prestación de servicios educativos pagados a favor de un estudiante que no es cliente en virtud del contrato) ;

g) los derechos, deberes y responsabilidades del contratista, cliente y estudiante;

h) el costo total de los servicios educativos, el procedimiento para su pago;

i) información sobre la licencia para realizar actividades educativas (nombre de la autoridad licenciante, número y fecha de registro de la licencia);

j) tipo, nivel y (o) enfoque del programa educativo (parte del programa educativo de cierto nivel, tipo y (o) enfoque);

k) forma de educación;

l) términos de desarrollo del programa educativo (duración de la formación);

m) el tipo de documento (si lo hubiere) emitido al estudiante después de que el estudiante domina con éxito el programa educativo relevante (parte del programa educativo);

n) el procedimiento para modificar y rescindir el contrato;

o) otra información necesaria relacionada con los detalles de los servicios educativos pagados proporcionados.

13. El contrato no puede contener condiciones que restrinjan los derechos de las personas que tienen derecho a recibir educación de un determinado nivel y enfoque y hayan solicitado la admisión para estudiar (en adelante, los solicitantes), y los estudiantes o reduzcan el nivel de garantías. proporcionado a ellos en comparación con las condiciones establecidas por la ley Federación de Rusia sobre la educación. Si se incluyen en el contrato condiciones que restringen los derechos de los solicitantes y estudiantes o que reducen el nivel de las garantías que se les brindan, tales condiciones no están sujetas a aplicación.

14. Formas ejemplares de acuerdos sobre educación para programas de educación general básica, programas educativos de secundaria educación vocacional, los programas de educación general adicionales son aprobados por el Ministerio de Educación de la Federación Rusa.

Formas ejemplares de acuerdos sobre educación para programas educativos educación más alta están aprobados por el Ministerio de Ciencia y Educación Superior de la Federación Rusa.

Las formas aproximadas de acuerdos sobre educación para programas profesionales adicionales son aprobadas por el Ministerio de Ciencia y Educación Superior de la Federación Rusa de acuerdo con el Ministerio de Educación de la Federación Rusa.
(Párrafo modificado, entró en vigor el 11 de diciembre de 2018 por Decreto del Gobierno de la Federación Rusa del 29 de noviembre de 2018 N 1439.

15. La información especificada en el contrato debe corresponder a la información publicada en el sitio web oficial de la organización educativa en la red de información y telecomunicaciones "Internet" en la fecha de celebración del contrato.

tercero Responsabilidad del contratista y del cliente

16. En caso de incumplimiento o cumplimiento indebido de las obligaciones del contrato, el contratista y el cliente serán responsables según el contrato y la legislación de la Federación Rusa.

17. Si se encuentra una falta de servicios educativos pagados, incluida su provisión no completa, proporcionada por programas educativos (parte del programa educativo), el cliente tiene derecho, a su elección, a exigir:

a) prestación gratuita de servicios educativos;

b) una reducción proporcional en el costo de los servicios educativos pagados prestados;

c) el reembolso de los gastos en que haya incurrido para subsanar las deficiencias de los servicios educativos pagados prestados por sí o por terceros.

18. El cliente tiene derecho a negarse a ejecutar el contrato y exigir una compensación total por las pérdidas si el contratista no elimina las deficiencias de los servicios educativos pagados dentro del período establecido por el contrato. El cliente también tiene derecho a negarse a ejecutar el contrato si descubre una deficiencia significativa en los servicios educativos pagados prestados u otras desviaciones significativas de los términos del contrato.

19. Si el contratista violó los términos para la prestación de servicios educativos pagados (las fechas de inicio y (o) finalización de la prestación de servicios educativos pagados y (o) los términos intermedios para la prestación de servicios educativos pagados) o si durante el prestación de servicios educativos pagados se hizo evidente que no se llevarían a cabo en el plazo, el cliente tiene derecho a su elección:

a) asignar un nuevo plazo al contratista, durante el cual el contratista deberá comenzar a prestar servicios educativos remunerados y (o) completar la prestación de servicios educativos remunerados;

b) instruir a terceros para que brinden servicios educativos pagados a un precio razonable y exigir al contratista que reembolse los costos incurridos;

c) exigir una reducción en el costo de los servicios educativos pagados;

d) cancelar el contrato.

20. El cliente tiene derecho a exigir una compensación total por las pérdidas que se le hayan causado en relación con la violación de los términos para el inicio y (o) finalización de la prestación de servicios educativos pagados, así como en relación con las deficiencias de pago servicios educativos.

21. A iniciativa del contratista, el contrato podrá ser rescindido unilateralmente en los siguientes casos:

a) aplicación a un estudiante que ha alcanzado la edad de 15 años, deducciones como medida de acción disciplinaria;

b) el incumplimiento por parte de los estudiantes bajo un programa educativo profesional (parte de un programa educativo) de las obligaciones para el desarrollo consciente de dicho programa educativo (parte de un programa educativo) y la implementación del plan de estudios;

c) establecimiento de una violación del procedimiento de admisión a una organización que realiza actividades educativas, que causó, por culpa del estudiante, su inscripción ilegal en esta organización educativa;

d) retraso en el pago del costo de los servicios educativos pagados;

e) la imposibilidad del debido cumplimiento de las obligaciones por la prestación de los servicios educativos remunerados por la actuación (omisión) del alumno.

Revisión del documento, teniendo en cuenta
cambios y adiciones preparados
JSC "Kodeks"